(167) A fin de garantizar condiciones uniformes de ejecución del presente Reglamento, deben conferirse a la Comisión competencias de ejecución cuando así lo establezca el presente Reglamento.
Dichas competencias deben ejercerse de conformidad con el Reglamento (UE) n.
o 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.
En este contexto, la Comisión debe considerar la adopción de medidas específicas para las microempresas y las pequeñas y medianas empresas.