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RGPD > Artículo 8. Condiciones aplicables al consentimiento del niño en relación con los servicios de la sociedad de la información
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Artículo 8 RGPD. Condiciones aplicables al consentimiento del niño en relación con los servicios de la sociedad de la información

1. Cuando se aplique el artículo 6, apartado 1, letra a), en relación con la oferta directa a niños de servicios de la sociedad de la información, el tratamiento de los datos personales de un niño se considerará lícito cuando tenga como mínimo 16 años. Si el niño es menor de 16 años, tal tratamiento únicamente se considerará lícito si el consentimiento lo dio o autorizó el titular de la patria potestad o tutela sobre el niño, y solo en la medida en que se dio o autorizó.

Ley de Directrices y caso Textos enlazados

Los Estados miembros podrán establecer por ley una edad inferior a tales fines, siempre que esta no sea inferior a 13 años.

2. El responsable del tratamiento hará esfuerzos razonables para verificar en tales casos que el consentimiento fue dado o autorizado por el titular de la patria potestad o tutela sobre el niño, teniendo en cuenta la tecnología disponible.

Comentario de expertos
Ley de Directrices y caso

3. El apartado 1 no afectará a las disposiciones generales del Derecho contractual de los Estados miembros, como las normas relativas a la validez, formación o efectos de los contratos en relación con un niño.

ISO 27701

(EN) ISO/IEC 27701, adopted in 2019, added additional ISO/IEC 27002 guidance for PII controllers.

Here is the relevant paragraph to article 8(3) GDPR:

7.2.2 Identify lawful basis

Control

The organization should determine, document and comply with the relevant lawful basis for the processing of PII for the identified purposes.

Implementation guidance

Some jurisdictions require the organization to be able to demonstrate that the lawfulness of processing was duly established before the processing.

The legal basis for the processing of PII can include:


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Comentario de expertos ISO 27701 Considerandos Ley de Directrices y caso Deja un comentario
Comentario de expertos

(EN) Children enjoy special protection under the General Data Protection Regulation as they are considered vulnerable (Guidelines on Consent). They did not indeed achieve physical and psychological maturity yet (Opinion 2/2009 on the Protection of Children’s Personal Data), so they may be less aware than adults of the risks and consequences of sharing their personal information when registering for online services or using connected platforms (recital 38).


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(EN) Author
Louis-Philippe Gratton
(EN) Louis-Philippe Gratton PhD, LLM
(EN) Privacy Expert
ISO 27701

(EN) ISO/IEC 27701, adopted in 2019, added additional ISO/IEC 27002 guidance for PII controllers.

Here is the relevant paragraph to articles 8(1) and 8(2) GDPR:

7.2.3 Determine when and how consent is to be obtained

Control

The organization should determine and document a process by which it can demonstrate if, when and how consent for the processing of PII was obtained from PII principals.

Implementation guidance

Consent can be required for processing of PII unless other lawful grounds apply. The organization should clearly document when consent needs to be obtained and the requirements for obtaining consent.


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Considerandos

(38) Los niños merecen una protección específica de sus datos personales, ya que pueden ser menos conscientes de los riesgos, consecuencias, garantías y derechos concernientes al tratamiento de datos personales. Dicha protección específica debe aplicarse en particular, a la utilización de datos personales de niños con fines de mercadotecnia o elaboración de perfiles de personalidad o de usuario, y a la obtención de datos personales relativos a niños cuando se utilicen servicios ofrecidos directamente a un niño. El consentimiento del titular de la patria potestad o tutela no debe ser necesario en el contexto de los servicios preventivos o de asesoramiento ofrecidos directamente a los niños.

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